¡Pues creemos que para muchísimas cosas pero solo si se cumple!
Así que exponemos algunos de sus artículos para que juntes reflexionemos…
Artículo 10
1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.
Artículo 14
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Artículo 20
1. Se reconocen y protegen los derechos:
a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
c) A la libertad de cátedra.
d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
3. La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.
4. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.
Artículo 27
1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
Artículo 35
1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.
¡Y podríamos seguir analizando todos sus párrafos pero lo más importante creo que está en estos puntos, que a veces se nos olvidan y tan necesarios son recordar!
Este no es un día para disfrutar solo del descanso, que también, es para como ciudadanía reivindicar que esos derechos que por fin se nos otorgaron con la Constitución no se vean negados actualmente por individuos que intentan traer el odio y la ignorancia de años atrás…Es para que exijamos que se actualicen los artículos que ya han quedado desfasados, como aquellos que hablan del hombre y la mujer como únicos géneros y únicas uniones en matrimonio…Es para que tengamos una Constitución y unas Leyes que blinden nuestros derechos y hagan de esta sociedad, una más justa, libre y feliz para todes, no permitiendo la discriminación y la violencia hacia ninguna persona.
¡Qué disfruten de este día pero que tengamos presente seguir trabajando por un mundo mejor por nuestres hijes!