Procedimientos iniciados antes del 2 de marzo de 2023
La nueva Ley advierte que no se aplica a los procedimientos ya iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley (2 de marzo de 2023).
Ahora bien, respecto a las solicitudes de rectificación registral de la mención relativa al sexo en tramitación, la propia Ley permite que la persona interesada solicite en el Registro Civil la reconducción del procedimiento a la nueva normativa, algo que “se llevará a cabo según las instrucciones que a tal fin imparta la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública”.
Por tanto, no siempre interesa pedir esa reconducción. Hay que tener claro que pedir eso, supone que primero se tenga que resolver la solicitud reconducción del procedimiento a la nueva normativa. Y además, el procedimiento registral que prevé la Ley 4/2023 no garantiza rapidez: al contrario, está diseñado para que no sea posible la autorización con rapidez y en un solo acto, obligando a pasar por varias fases o comparecencias inútiles, con el único objetivo de retrasar la autorización a modo de “tiempo de reflexión”.
En cualquier caso, quien pese a lo anterior desee pedir la reconducción, podrá hacerlo con el escrito que adjuntamos.
MODELOS DE SOLICITUD: