El menor, Patrick, de 13 años, siempre se comportó como un niño.
Hace más de un año los padres solicitaron que fuera reconocido legalmente como una persona de sexo masculino, pero su petición fue denegada.
Los tribunales basaron su decisión en una ley que impide a los menores de edad y a sus progenitores instar la modificación de sexo en el registro civil.
El recurso planteado por la familia se ampara en el arículo 10 de la Constitución Española, que reconoce el libre desarrollo de la personalidad.
El Tribunal Supremo estudiará la demanda formulada por los padres de un menor transexual de Benasque (Huesca) para modificar en el Registro Civil la referencia a su sexo, y normalizar así una situación aceptada tanto por el propio niño y su familia como por su entorno social más cercano.
El menor, Patrick, fue inscrito como mujer en el Registro Civil de Benasque, pero su desarrollo posterior pronto demostró una realidad bien distinta y que siempre se comportó como un niño, asegura la familia.
«Al nacer te clasifican por tus genitales, pero el sexo es lo que tienes en el cerebro y no lo expresas hasta que no te desarrollas”, asegura Natalia Aventin -madre de Patrick- en declaraciones a 20minutos.
«Al nacer te clasifican por tus genitales, pero el sexo es lo que tienes en el cerebro y no lo expresas hasta que no te desarrollas”
Los padres solicitaron hace más de un año en el Juzgado de Boltaña, al que se adscribe el registro de Benasque, una modificación para que el menor, de 13 años, pasara a ser identificado a efectos legales como una persona de sexo masculino y de nombre Patrick.
La madre señala que la responsable del Registro Civil de Benasque, una vez iniciado el procedimiento judicial, aceptó tan sólo modificar el nombre del menor, opción que también había rechazado inicialmente.
Su petición, canalizada a través de un expediente gubernativo, fue denegada en Boltaña en primera instancia, y posteriormente tanto por el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Huesca como por la Audiencia de Huesca en apelación.
Estos tribunales basaron su decisión en lo establecido en la Ley 3/2007 de regulación de la rectificación registral relativa al sexo de las personas, que impide a los menores de edad y a sus progenitores instar la modificación de la referencia al sexo en el Registro Civil.
Una ley que «discrimina»
La madre del menor, Natalia Aventín, considera que la actual legislación española «discrimina» a las personas transexuales al no facilitar un proceso dirigido a «normalizar» a nivel jurídico una situación socialmente aceptada. Aventín asegura que la propia Ley 3/2007 es discriminatoria ya que no sólo impide a los menores instar la referencia a su sexo sino que exige a los adultos informes psicológicos y dos años previos de tratamiento «para acomodar sus características físicas a las correspondientes al sexo reclamado».
«Mi hijo no tiene que transformar su cuerpo para que el resto de personas le reconozcan como lo que es»
Sobre esa cuestión, la madre de Patrick sostiene que su hijo «no tiene que transformar su cuerpo para que el resto de personas le reconozcan como lo que son». A lo que añade que ese tratamiento es como si a una mujer se le negara su condición «por no parecer lo suficientemente femenina».
Según la madre del menor, este texto legal es contrario a lo establecido en distintos tratados internacionales y en una reciente resolución del Consejo de Europa que critica la discriminación generalizada que sufren los transexuales en Europa e insta a los estados miembros a modificar sus leyes para favorecer su integración social.
Mendigar favores por derechos
Natalia Aventín, que preside Chrysallis, una asociación nacional de familias de menores transexuales, lamenta que, aunque la gente suele ser empática, en multitud de ocasiones se ve en la situación de «tener que mendigar favores» para que los derechos de su hijo se vean reconocidos.
«Cuando acudes al médico, cuando tu hijo está en el instituto o acude a una competición deportiva -practica judo y snowboarding- es dificil que su derecho a la intimidad no sea vulnerado», declara Natalia. La rectificación registral de la identificación de sexo de Patrick, por tanto, no es meramente estética o simbólica.
El recurso planteado se ampara específicamente en el artículo 10 de la Constitución Española, relativo al libre desarrollo de la personalidad. Un derecho, afirma Natalia, que ha quedado «en el aire» y que no se ejerce en la actualidad al no haberse desarrollado un corpus legislativo que lo propicie.
Ahora se muestra esperanzada en la posibilidad de que el Tribunal Supremo dicte una sentencia pionera, la primera respecto a los derechos de los menores transexuales a modificar sus inscripciones registrales.
«Yo siempre digo que mi hijo es un hombre con vulva, pero es un hombre», sentencia Natalia Aventín, que resalta la vida normalizada que desarrolla el menor en su entorno familiar y de amigos, a pesar de las dificultades jurídicas.