Declaración Universal de los Derechos Humanos. ¡Qué bien suena!

Un 10 de diciembre pero de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración Universal de Derechos Humanos.

Lamentablemente en 2014 aún falta mucho para que se cumpla esa universalidad. Los Derechos Fundamentales continúan  siendo vulnerados incluso en los países que se consideran más avanzados en libertades y protección de la ciudadanía.

Una muestra de ello es la situación de las personas transexuales en el Estado español. Desde  Chrysallis, un día como hoy queremos reivindicar  la necesidad de subsanar estas deficiencias y exigir la rectificación el  trato  que las administraciones dan a los ciudadanos en  situación de transexualidad.

DDHH

Violeta Herrero, Vicepresidenta de Chrysallis Madrid, hace un repaso de esta situación:

¿Que es lo que pedimos? Pues solamente el respeto absoluto a esos derechos fundamentales.

  • Que nuestros hijas e hijos nazcan libres e iguales en dignidad y derechos (Artículo 1)

¿Qué dignidad hay en que no se te reconozca como la persona que sientes ser?

  • Que nuestros menores tengan todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración sin distinción de raza, color, SEXO, etc. (Artículo 2). Al negarles su sexo sentido se les niega todos los derechos y libertades como persona.
  • Que las personas transexuales incluyendo por supuesto a los menores no sean sometidos a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos y degradantes. (Artículo 5). En otros países sigue sometiéndose a las personas transexuales a torturas y tratos inhumanos. En España, nos encontramos trato cruel y degradante, sobretodo en algunas administraciones y por parte de ciertas personas.
  • Ser igual ante la ley y tener derecho a igual protección contra la discriminación. (Artículo 7)
  • Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra estas injerencias o ataques. (Artículo 12)
  • Derecho al trabajo, a condiciones equitativas (Artículo 23). Estas condiciones equitativas son de difícil consideración cuando un nombre no corresponde con el DNI.
  • La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales.. (Artículo 26). Esto es algo para nosotros fundamental: que nuestros menores sean tratados en el ámbito escolar conforme a su identidad sexual. E introducir en los temarios desde infantil que existen cuerpos y realidades diferentes a lo que nos han contado siempre.
  • Toda persona está sujeta a las limitaciones establecidas para asegurar el respeto de los derechos y libertades de los demás. (artículo 29). En el caso de los menores transexuales estas limitaciones son quebrantadas continuamente.
  • Nada podrá interpretarse en el sentido que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o persona, para desarrollar actividades tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración. (Artículo 30).

Por todo esto aquí enumerado, exigimos se cumpla con esta Declaración, respetando todos estos derechos.  Invitamos a que las personas amplíen sus experiencias vitales, compartiendo  situaciones reales en el que se incluyan a las personas transexuales, adultas y menores y a sus familias,  trabajando además para que desaparezca cualquier trato injusto  y de ostracismo.

Sostengo que cuanto más indefensa es una criatura, más derechos tiene a ser protegida por el hombre contra la crueldad del hombre (Mahatma Gandhi).