FUENTE: LAS PROVINCIAS
El Consell ha dado un paso más para permitir que los menores puedan hacer el tránsito sin consentimiento de sus padres. Podrán someterse a tratamientos para ello si existe una resolución judicial que lo autoriza. El gobierno valenciano avanzó en ese sentido ayer con la aprobación del ley integral del reconocimiento del derecho a la identidad y expresión de género.
La norma persigue que la transexualidad deje de ser una patología, ya que no será considerada «un trastorno, sino una expresión más de la diversidad humana», tal como explicó la vicepresidenta del Consell, Mónica Oltra, en rueda de prensa.
Como ya adelantó LAS PROVINCIAS el pasado mayo, el anteproyecto apunta que la negativa de los padres o tutores a autorizar los tratamientos hormonales podrá ser recurrida en los tribunales, con lo que si un juez falla a favor del menor el tránsito se podría producir pese a no contar con la autorización de los padres.
Desde la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, impulsora de la norma, confirmaron ayer que el anteproyecto aprobado contempla esa disposición. Apuntaron que el texto esta en sintonía con la Ley del Menor del Gobierno de España, que plantea «el interés superior del menor por encima de cualquier otro». El departamento del Consell hizo hincapié en que si se da la circunstancia de una negativa familiar siempre será necesaria una resolución judicial que conceda la autorización.
En el ámbito sanitario, la norma garantiza a los menores transexuales el acceso a tratamientos de bloqueo hormonal al inicio de la pubertad y al tratamiento hormonal cruzado en el momento adecuado de la pubertad, para favorecer que su desarrollo corporal se corresponda con el de las personas de su edad. Asimismo, dispondrán de un plan de seguimiento, acompañamiento y asesoramiento psicológico.
Además, se incluye un protocolo específico para abordar esta realidad en los colegios e institutos y el respeto a la identidad de género de los menores transexuales, como que las listas de clase recojan la identidad de género escogida por el alumnado, siempre con el consentimiento de padres o tutores.
También se contempla que se respetará la imagen física y la libre elección de la indumentaria del alumnado, el acceso y el uso de las instalaciones del centro de acuerdo con la identidad de género sentida, incluyendo los lavabos y los vestuarios.
En el terreno laboral y de responsabilidad social se establecen medidas de no discriminación y el fomento de la contratación de personas transexuales mientras que se establece esta realidad como una situación de vulnerabilidad. Oltra explicó que se establece la no discriminación por identidad de género en la adopción y en el acogimiento.
*En este texto se han sustituido o eliminado aquellas expresiones no empleadas de forma adecuada.